LEY DE RENTAS JUSTAS EN CDMX: LAS 7 CLAVES DE LA INICIATIVA DE CLARA BRUGADA PARA FRENAR ALZAS ABUSIVAS Y REGULAR EL ALQUILER

El Gobierno de la Ciudad de México envió al Congreso capitalino una propuesta marco que busca topes a los aumentos ligados a la inflación, la eliminación de requisitos excesivos, multas a propietarios incumplidos y un gabinete especial para acompañar los desalojos.
La Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Clara Brugada Molina, presentó formalmente los detalles de la iniciativa de Ley de Relaciones Inquilinarias y Rentas Justas, Razonables y Asequibles. El proyecto, ya en manos del Congreso capitalino, plantea un nuevo marco regulatorio para el mercado de arrendamiento con el objetivo de contener los procesos de gentrificación y garantizar el derecho a la vivienda.
De acuerdo con datos expuestos por la mandataria y los integrantes de su gabinete, en la capital viven cerca de dos millones de personas en inmuebles rentados. Además, el número de hogares bajo esta modalidad creció 54 % en los últimos 15 años. Esta situación ocurre en un contexto donde el costo de los alquileres supera con frecuencia el 30 % del ingreso familiar recomendado por ONU-Hábitat, registrando alzas de hasta 100 % o 200 % en zonas centrales durante la última década.
Para frenar esta tendencia, la administración capitalina propone articular siete ejes de actuación pública.
1. Rentas con tope de aumento anual basado en la inflación
La ley ratifica que los incrementos de las rentas no podrán superar la inflación del año anterior reportada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). Esta medida retoma y refuerza el principio ya estipulado en el Código Civil, pero añade un candado: el límite estará vinculado directamente al inmueble y no solo al contrato. De este modo, si cambia el inquilino, el propietario no podrá elevar el costo por encima del índice inflacionario acumulado.
Brugada enfatizó que la propuesta no congela los precios ni impone una tarifa única. Los incrementos mayores a la inflación solo procederán cuando el arrendador demuestre ante la autoridad la realización de obras de mejora sustanciales en la vivienda. Se contemplan multas que van de los 11,731 a los 46,924 pesos (100 a 400 UMA) para quienes superen los topes autorizados.
2. Carta de derechos, eliminación de requisitos excesivos y no discriminación
Para acceder a un alquiler, la iniciativa prohíbe exigir múltiples garantías acumuladas. Los propietarios no podrán solicitar de forma simultánea depósitos, fiadores con bienes raíces, pólizas jurídicas u obligados solidarios; la exigencia quedará limitada a una sola garantía de cumplimiento.
Adicionalmente, el documento prohíbe cobrar al inquilino los gastos de investigación, redacción de contrato o contratación de pólizas. Queda prohibida toda conducta discriminatoria por edad, género, origen étnico u orientación sexual, y se garantiza por ley la cohabitación con niñas, niños y animales de compañía.
A la par, se contemplan derechos para los caseros: los arrendatarios deberán pagar a tiempo, conservar la propiedad y abstenerse de realizar modificaciones estructurales sin autorización expresa, bajo sanción de hasta 23,462 pesos.
3. Creación de la Defensoría de las Relaciones Inquilinarias
El proyecto crea la Defensoría de las Relaciones Inquilinarias, un órgano adscrito a la Procuraduría Social que ofrecerá asesoría, mediación y patrocinio jurídico gratuito a inquilinos y propietarios. La instancia operará bajo los principios de confidencialidad, gratuidad y eficacia para dirimir controversias sin necesidad de llegar a la vía judicial.
4. Registro Digital de Contratos y contratos de un año mínimo
Todos los contratos de arrendamiento deberán celebrarse por escrito y tendrán una duración mínima de un año. La Agencia Digital de Innovación Pública (ADIP) operará un registro digital obligatorio. El arrendador dispondrá de un plazo de 30 días para dar de alta el documento; de omitir este trámite, incurrirá en sanciones económicas y el propio inquilino podrá registrar el contrato para hacer valer sus derechos.
5. Gabinete de Acompañamiento Social ante Desalojos
Para erradicar episodios de violencia en el desalojo de inmuebles habitacionales, se crea un gabinete especial coordinado por la Secretaría de Gobierno e integrado por dependencias de vivienda, derechos humanos y seguridad ciudadana.
El organismo intervendrá cuando exista mandato judicial para verificar que el procedimiento sea pacífico y respetar la dignidad humana. La ley no interviene ni modifica los fallos de los jueces, pero exige que la Secretaría de Seguridad Ciudadana se apegue a la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza. Además, el Gobierno capacitará y padronizará al personal de carga para evitar agresiones o el uso de golpeadores, al tiempo que ofrecerá apoyos de vivienda temporal e ingreso a programas sociales a las familias vulnerables.
6. Ampliación de la oferta de vivienda pública asequible
Como respuesta a la tensión en el mercado inmobiliario, el Plan de Desarrollo a 2030 contempla la ejecución de 200,000 acciones de vivienda en la ciudad, distribuidas en 80,000 viviendas nuevas y 120,000 acciones de mejoramiento y ampliación en sectores populares. La iniciativa busca articular la inversión pública con esquemas privados para aumentar la disponibilidad de alquiler social.
7. Observatorio Público de Vivienda
La ley dispone la creación de un Observatorio Público de Vivienda dedicado a monitorear los precios del suelo, las variaciones de las rentas y las dinámicas territoriales en las 16 alcaldías. Esta herramienta técnica evaluará la efectividad de la norma y generará insumos para combatir de forma permanente la gentrificación y la expulsión de residentes hacia la periferia urbana.
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