AVANZA REFORMA A LA LEY DE VIVIENDA; GARANTIZA EL DERECHO A UNA VIVIENDA ADECUADA

Las Comisiones Unidas de Reordenamiento Urbano y Vivienda; de Trabajo y Previsión Social; y de Estudios Legislativos, Primera, aprobaron la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, con el objetivo de armonizarla con la reforma constitucional de 2024 y hacer efectivo el derecho de toda persona a una vivienda adecuada.
El cambio central de la propuesta consiste en dejar atrás la noción de vivienda “digna y decorosa” para adoptar un concepto jurídicamente más preciso, exigible y útil para orientar la política pública en la materia. En este sentido, la minuta incorpora en la legislación los siete elementos que definen la vivienda adecuada: accesibilidad, adecuación cultural, asequibilidad, disponibilidad de servicios, materiales e infraestructura, habitabilidad, seguridad en la tenencia y ubicación.
Asimismo, la reforma actualiza el lenguaje de la ley para reconocer que el derecho a la vivienda corresponde a todas las personas, y no únicamente a las familias como categoría abstracta. También introduce un enfoque incluyente que amplía la protección a personas en situación de pobreza o vulnerabilidad, lo que se refleja en la modificación de los subsidios federales de vivienda, que dejan de limitarse a criterios restringidos de ingreso.
Otro aspecto relevante es el reconocimiento expreso en la Ley de Vivienda de los organismos e instituciones vinculados al artículo 123 constitucional, particularmente aquellos que otorgan crédito, financian o construyen vivienda para personas trabajadoras. Con ello, se fortalece la coordinación institucional de la política nacional de vivienda y se corrige una omisión normativa al incorporar de manera explícita acciones fundamentales del financiamiento habitacional.
En este marco, la reforma al artículo 56 establece una base legal para que dichos organismos, previa autorización de sus órganos de gobierno y conforme a sus programas, puedan adquirir, rehabilitar y construir vivienda; financiar la autoproducción; adquirir o urbanizar suelo; enajenar o arrendar viviendas, e incluir servicios complementarios en conjuntos habitacionales.
El dictamen también incorpora una salvaguarda para garantizar que estas acciones no comprometan la solvencia financiera de los fondos ni los derechos adquiridos de las personas trabajadoras.
En conjunto, la minuta fortalece la coherencia del marco jurídico, actualiza la Ley de Vivienda conforme a la Constitución y estándares internacionales, amplía el alcance social de la política habitacional y dota de instrumentos más claros a las instituciones encargadas de garantizar el derecho a la vivienda en México.
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